En Colombia, el procedimiento de insolvencia de persona natural comerciante se encuentra regulado por la Ley 1564 de 2012, la cual establece un régimen especial para la protección del deudor y la reorganización de su patrimonio.
Este procedimiento tiene como objetivo principal permitir la reorganización de la situación financiera del comerciante persona natural, evitando la liquidación de su patrimonio y brindando una solución a sus deudas.
A continuación, se describen las etapas principales del procedimiento de insolvencia de persona natural comerciante:
- Solicitud de inicio del proceso: El comerciante persona natural deberá presentar una solicitud ante un juez de insolvencia, en la cual se informe su situación financiera y se solicite la apertura del proceso de reorganización.
- Verificación de la situación de insolvencia: El juez deberá verificar la situación de insolvencia del comerciante y, de ser procedente, declararlo en situación de insolvencia y ordenar la apertura del proceso.
- Designación de un conciliador: El juez designará un conciliador, quien será el encargado de llevar a cabo el proceso de reorganización y presentar un acuerdo de reorganización para el comerciante.
- Presentación del acuerdo de reorganización: El conciliador deberá presentar un acuerdo de reorganización para el comerciante, el cual deberá ser aprobado por el juez y por los acreedores del comerciante.
- Ejecución del acuerdo de reorganización: Una vez aprobado el acuerdo de reorganización, el comerciante deberá llevar a cabo las medidas necesarias para recuperar su estabilidad financiera, bajo la supervisión del conciliador.
- Terminación del proceso: Una vez cumplido el acuerdo de reorganización, el proceso de insolvencia se dará por terminado y se levantará la declaratoria de insolvencia.
Es importante tener en cuenta que el comerciante persona natural debe cumplir con ciertos requisitos y plazos establecidos por la ley para poder acceder al procedimiento de insolvencia y así evitar la liquidación de su patrimonio.