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Testigos en Matrimonio Civil


En Colombia, para celebrar un matrimonio civil ante notario, se requiere la presencia de dos testigos mayores de edad. Este requisito está estipulado en el Código Civil Colombiano, específicamente en el artículo 117, que indica que el matrimonio debe celebrarse ante un juez o notario y en presencia de dos testigos mayores de edad.

Es importante mencionar que los testigos deben ser personas capaces legalmente y no pueden estar impedidos por alguna de las causales de impedimento para ser testigos en actos civiles, como tener interés directo en el matrimonio, entre otros. La función de los testigos es dar fe de la realización del matrimonio y la voluntad de los contrayentes de unirse en matrimonio.

Recuerda que este es un resumen de los requisitos legales y siempre es recomendable consultar directamente con la notaría para obtener información detallada y actualizada, especialmente porque podrían haber modificaciones a la ley o requisitos adicionales específicos de cada notaría o municipio.